28.12.2007

Partido Popular pedirá la supresión del canon porque la copia privada es ilegal para ellos

Está claro que el PSOE no quiere escuchar a los ciudadanos y por eso merece un castigo en las urnas, pero para ese castigo no podemos caer en la trampa a la que parece quiere llevarnos el PP en su campaña para captar posibles votos de los ciudadanos descontentos con el tema del canon.

Es necesario aclarar a raíz de esta noticia vista en Meneame y en Levante-EMV que el canon digital es una forma improcedente para compensar a algunos autores, desde luego no todos, por la copia privada, totalmente legal (lean la ley señores que para eso les pagamos) que realizamos los ciudadanos.

Las declaraciones de Antonio Clemente no tienen desperdicio:

«Es un impuesto preventivo que presupone que todos los usuarios van a hacer copias ilegales»

¿La copia privada es una copia ilegal? ¿Desde cuándo?

Lo que debería explicar el PP es porqué considera la copia privada como algo ilegal o porqué piensa que se está aprobando por ley la comisión de delitos. También deberán decir qué forma elegirían ellos para compensar a todos los autores, a todos, no sólo a los que están asociados a la SGAE o posicionarse sobre las redes de pares, P2P como eMule, etc., sistemas ampliamente aceptados por la ciudadanía como forma efectiva de acceder a la tecnología, reducir la brecha digital y acceder a la cultura (derecho humano por otro lado).

Hay que avisar que las intenciones del PP y otros es bien conocida por mucho que intenten soslayar el tema. Aparte de buscar votos fácilies, sus propuestas son: ampliar y reforzar los sistemas de DRM, prohibir las redes P2P, eliminar la compensación por copia privada para acercarnos a un modelo anglosajón de copyright y perseguir el anonimato en la Red con tácticas policiales.

El canon digital no es la solución, es desproporcionado, no es ético y debe desaparecer; pero hay que buscar otras formas de compensación ya que se ve que muchos autores no están por la labor de trabajar como los demás y prefieren la sopa boba. Además si Europa lo obliga, pues habrá que ser creativo y buscar formas que compensen a todos los autores, también a los millones de autores que son Internautas y crean obras cada día y no pertenecen a entidades de gestión de derechos de editores como SGAE.

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28.12.2007

Finalmente la AGPD multa a la SGAE

La SGAE, multada finalmente por violar el derecho a la intimidad con un vídeo

Sorprendido. Así se mostraba ayer el director general de la Sociedad General de Autores y Editores, Enrique Loras, al conocer, a través de ABC, la resolución definitiva de la Agencia Española de Protección de Datos por la que condena a la entidad de gestión a pagar la cantidad de 60.101,21 euros por la «violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen», infracción contemplada en el artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave, en el caso de una boda celebrada en Sevilla en 2005. La celebración en cuestión fue grabada en vídeo por un detective, con el fin de presentarlo como prueba para recaudar los derechos de autor por la música utilizada, con permiso de los dueños del local pero sin el de los contrayentes.

«Desconozco la noticia. Lo único que sabía es que se había archivado. Habrá que ver lo que dice la resolución para obrar en consecuencia», afirmaba Loras.

Éste es el capítulo penúltimo -la SGAE ha confirmado su intención de recurrir esta resolución- de un conflicto que la entidad pensaba haber ganado hace tan sólo unos días pues la propuesta de resolución presentada por la Agencia Española de Protección de Datos, firmada por el instructor del procedimiento, Luis Antonio Coarasa, con fecha del 12 de diciembre, fallaba -como informó este periódico el pasado miércoles- a su favor, alegando que «el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales, pudiendo ceder ante intereses constitucionalmente relevantes, siempre que el recorte que aquél haya de experimentar se revele como necesario para lograr el fin legítimo previsto».

Sin embargo, la resolución definitiva de la mencionada Agencia, firmada por su director, Artemi Rallo, con fecha del 21 de diciembre y a la que ha tenido acceso ABC, ha enmendado la plana al texto anterior afirmando que «aún cuando se pudiera entrar en el local en el que se celebraba [la boda], la grabación de imágenes de quienes se encuentran allí, constituye una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen. Así incluso -añade- lo demuestra el hecho de que la grabación se ha realizado a escondidas, tratando que nadie se diera cuenta de que se estaba haciendo, como se desprende de la calidad y contenido de las imágenes, y también de la circunstancia de que se ejecutara cuando la celebración estaba ya avanzada». Y condena a la entidad a pagar más de 60.000 euros o en su defecto a presentar recurso de reposición en el plazo de un mes.

e la Agencia Española de Protección de Datos por la que condena a la entidad de gestión a pagar la cantidad de 60.101,21 euros por la «violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen», infracción contemplada en el artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave, en el caso de una boda celebrada en Sevilla en 2005. La celebración en cuestión fue grabada en vídeo por un detective, con el fin de presentarlo como prueba para recaudar los derechos de autor por la música utilizada, con permiso de los dueños del local pero sin el de los contrayentes. «Desconozco la noticia. Lo único que sabía es que se había archivado. Habrá que ver lo que dice la resolución para obrar en consecuencia», afirmaba Loras. Éste es el capítulo penúltimo -la SGAE ha confirmado su intención de recurrir esta resolución- de un conflicto que la entidad pensaba haber ganado hace tan sólo unos días pues la propuesta de resolución presentada por la Agencia Española de Protección de Datos, firmada por el instructor del procedimiento, Luis Antonio Coarasa, con fecha del 12 de diciembre, fallaba -como informó este periódico el pasado miércoles- a su favor, alegando que «el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales, pudiendo ceder ante intereses constitucionalmente relevantes, siempre que el recorte que aquél haya de experimentar se revele como necesario para lograr el fin legítimo previsto». Sin embargo, la resolución definitiva de la mencionada Agencia, firmada por su director, Artemi Rallo, con fecha del 21 de diciembre y a la que ha tenido acceso ABC, ha enmendado la plana al texto anterior afirmando que «aún cuando se pudiera entrar en el local en el que se celebraba [la boda], la grabación de imágenes de quienes se encuentran allí, constituye una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen. Así incluso -añade- lo demuestra el hecho de que la grabación se ha realizado a escondidas, tratando que nadie se diera cuenta de que se estaba haciendo, como se desprende de la calidad y contenido de las imágenes, y también de la circunstancia de que se ejecutara cuando la celebración estaba ya avanzada». Y condena a la entidad a pagar más de 60.000 euros o en su defecto a presentar recurso de reposición en el plazo de un mes.


28.12.2007

La IFPI quiere bloquear el tráfico P2P en Europa

Hace un tiempo escribimos una noticia que mencionaba una frase de John Kennedy, presidente de la IFPI que decía más o menos así:

“Mucha gente alrededor del mundo me dice que hemos manejado nuestros problemas de manera incorrecta pero ninguno me dice qué deberíamos haber hecho” declaró John Kennedy la cabeza de la IFPI (Federación Internacional de la Industria Fonográfica por sus siglas en inglés) durante el encuentro anual de la industria en Cannes, Francia “Es imposible competir con lo gratis”.

Ahora descubrimos nuevas iniciativas de la IFPI, y no podemos menos que comprobar fechas y todo eso (la noticia es del 26 de diciembre), que piden a la UE que imponga a los ciudadanos un filtro P2P. Casi parecería una broma, pero no lo es ni por la fecha, no por el hecho de que la IFPI se ha destacado como firme defensora del anacronismo equivocándose en casi todas sus propuestas como lobby.

Realmente los miembros integrantes de esa asociación deberían plantearse muy seriamente si están en el lugar adecuado, si las cabezas pensantes que están al frente de la IFPI están cualificadas para representarles o si están no sólo tirando el dinero, sino acercándose a un abismo del cual será difícil salir.

Dicen que nadie les ha dicho qué tienen que hacer, eso es sencillamente falso. Lo que pasa es que hacer lo que hay que hacer altera su cómoda forma de vida y actuar. Las cosas han cambiado y los sistemas de P2P aparte de no sólo usarse para sus contenidos deberían formar parte umbilical de sus nuevos sistemas de negocio.

Muchos ya lo están haciendo, hay negocio, pero señores, hay que trabajar con los ciudadanos, no contra ellos.

» Archivado en Entidades de Gestión, Legislación a las 10:39.

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26.12.2007

Agencia Española de Protección de Datos

Sorprendente, han archivado la causa contra SGAE por lo de la filmación en la boda y no se entiende, aquí el texto y aquí lo resaltable

Para defender esta tesis, la Agencia Española de Protección de Datos echa mano de la abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual «el derecho a la intimidad no es absoluto, como no lo es ninguno de los derechos fundamentales, pudiendo ceder ante intereses constitucionalmente relevantes, siempre que el recorte que aquél haya de experimentar se revele como necesario para lograr el fin legítimo previsto».
Y sobre esto recibo varios comentarios, uno de Gatekeeper

Pero estamos hablando de cuando peligran millones de vidas. No pijadas como quitame allá un par de canciones. Menuda gentuza estan hechos

y otro de Aiarakoa, presidente de PIRATA

Estos de la AGPD

.. para empezar no es jurisprudencia del Supremo sino del Constitucional; esa frase es de la STC 57/1994 -fundamento de Derecho 5- citada a su vez -por ejemplo- por la STC 143/1994 -fundamento de derecho 6-.

Despues, en la STC 57/1994, se cita que tal afectació del ámbito de intimidad es sólo

posible por decisión judicial que habría  de prever que su ejecución sea respetuosa de la dignidad de la persona y no constitutiva, atendidas las circunstancias del caso, de trato degradante alguno; puede que se refiera al cacheo, aunque el caso es tiene toda la razon esa afirmacion ya que un juez puede ordenar el pinchazo telefonico, un juez puede ordenar el registro domiciliario excepcionalmente la Constitucion y la Ley de Enjuiciamiento Criminal contemplan que un agente de la ley pueda entrar en un domicilio en caso de flagrante delito.

¿Es la SGAE, cuando da la orden a su detective, una autoridad judicial? No. ¿Es el detective privado un agente de la ley, sea en general o sea en particular cuando actua bajo mandato de SGAE? Que yo sepa y salvo sorpresa en sentido contrario, no. Asi que el juez y la AGPD se han lucido.

Lo unico malo que pueda pasar por meternos con la AGPD es que, ahora que se ha aprobado el nuevo reglamento de desarrollo de la LOPD quisiera mostrarse la AGPD cicatera y puntillosa con nosotros. Fuera de eso, es un hecho de suma gravedad que una agencia publica se preste a esa clase de dislates. Saludos

Estos son PIRATA y no se callan, merecen nuetro apoyo


25.12.2007

Canon, piratería, mentiras y realidad

En los últimos días se ha hablado mucho sobre el canon digital, la copia privada, la SGAE, los políticos y diversas propuestas sin concreción.

Hemos observado mucha confusión de términos y bueno, haciendo una rápida recopilación vamos a comentar algunos errores de concepto y vamos a intentar dar nuestra definición sobre otros conceptos concretos:

Hay gente que cree que el canon digital se empieza a cobrar el año que viene, en 2008: No, el canon se viene cobrando por ley desde hace un año atrás y desde hace tres años más atrás por un acuerdo privado entre SGAE y ASIMELEC. Ahora se pretenden fijar las tarifas, excepciones y forma de cobro por ley, eso sí, siempre favoreciendo a las entidades de gestión y como mucho a los fabricantes, pero jamás a los consumidores.

Mito; el canon lo absorbe el fabricante, no el ciudadano: Escuchar decir esto a la SGAE es patético, pero que ministros repitan el discurso tras el adoctrinamiento de la SGAE asusta y debería significar la dimisión de esos ministros. Se supone que deberían ser más inteligentes pero ¿cómo es posible que un fabricante asuma un canon que supone más que el costo de producción de algunos soportes sin repercutirlo en el cliente final? ¿Cómo es posible que los representantes de los ciudadanos sean tan ignorantes, o lo que no sé si es peor, tan manipuladores y mentirosos? Lo que piden a los fabricantes es que pierdan dinero vendiendo a mismo precio que si no tuvieran canon.

Los que votaron en contra del canon digital quieren perseguir en cambio las redes de pares y mienten sobre qué es la copia privada: No nos engañemos, su objetivo es reducir la copia privada al ámbito doméstico, cosa que la ley de propiedad intelectual no marca, y sólo para soportes comprados. Eso implica ilegalizar las tecnologías deP2P como eMule. No sabemos si también querrían ilegalizar Skype o la computación distribuida, pero bueno. Vamos, que con esta gente vamos a peor.

El canon digital no es lo mismo que la compensación por copia privada: La copia privada es una cosa y lo que dice la ley es que hay que compensar a los autores (a todos, no sólo a los de la SGAE) y la forma en que se compense es cosas de los estados. No se pide un canon digital, sino una compensación que puede ser económica o no Lo que eligen los políticos sin embargo es lo que más conviene a las entidades de gestión que es el cómodo cheque del canon digital lo que les garantiza ingresos trabajen o no.

La compensación por copia privada no es lo mismo que la copia privada: La copia privada es una excepción al derecho del autor de limitar la copia de su obra. Esta compensación no se aplica a los autores copylfet, que también son autores (y desde luego no peores que los nocopyleft). Puede haber copia privada y la forma de compensar puede variar mucho en forma y fondo. Es decir, puede que la compensación la gestione el estado, sea un porcentaje, sea un importe fijo, lo paguen a cargo de prespuestos, sean incentivos fiscales y un largo etcétera.

Ahora el canon llega más lejos: A quién cree que la propuesta sugerida por el gobierno supone pagar menos canon, pero curiosamente observamos que se bajan los importes en CDs y DVDs que cada vez se van a usar menos y en cambio se añaden a soportes de cada vez mayor uso como teléfonos móviles, tarjetas de memoria para cámaras fotográficas digitales, memorias USB, dispositivos de almacenamiento externos etc. Esto supone una fiscalización privada indiscriminada y arbitaria.

Mentira: el canon digital justifica la copia privada: Falso. Esta es una de esas mentiras que a base de repetir, SGAE y políticos quieren convertir en verdad. La copia privada existe y el canon en las fórmula fácil y cómoda que a instancias de la mayor beneficiada, la SGAE se ha optado por elegir para la compensación prevista por la ley. Si no existiera esta forma de compensación y se buscara otra distinta la copia privada seguiría existiendo.

La copia privada permite ejercer el derecho humano de acceso a la cultura: Y como tal habría que protegerlo y convertirlo igualmente en un derecho del ciudadano que sea superior en rango e importancia al del autor. No como una limitación al derecho del autor. Esto, claro está, siempre que se cumplan los requisitos de no ánimo de lucro, etc.

El canon justifica la piratería: Nada más lejos de la realidad. La piratería como el topmanta, el plagio, etc. son actos ilegales y delictivos y el canon no puede justificarlos en caso alguno. El canon es una forma de compensación por la copia privada (la que hacemos sin ánimo de lucro para uso privado, etc) y que es perfectamente legal.

¿Qué es la piratería?: El problema es definir piratería, pero básicamente sería aquellas actividades que persiguen un lucro mediante la explotación comercial de las creaciones de terceros sin permiso ni compensación alguna, como por ejemplo ocurre con el Top-Manta o el plagio.

¿Dónde se marcarán las excepciones al pago del canon?: Se habla mucho de no comprar dvds y cds con canon comprando fuera gracias a Internet, pero soslayamos el problema del canon que pagan juzgados, hospitales, organismos públicos, laboratorios, universidades etc y que al final pagamos todos para mayor beneficio de unos pocos artistas de la SGAE que hace tiempo no crean nada. Es necesario llamar la atención sobre la necesidad de eximir del pago de canon alguno en todas aquellas circunstancias en las que está claro que no se realizan copias privadas de contenidos protegidos por el misterioso catálogo de obras bajo el manto de la SGAE (y que convenientemente no es público).

Mentira: El importe del canon ha sido consensuado con todos los implicados, cultura industria y ¿consumidores?: Mmnm ¿qué consumidores? ¿Y los Internautas? ¿No escuchan a la ciudadanía que no quiere el canon digital para mayor beneficio de la SGAE? Algo no cuadra. Parece que pretendieran engañarnos algo.

¿Es necesario el canon o se puede compensar de otras maneras?: El canon no es necesario. Es una fórmula demasiado imperfecta. No mide realmente quién es perjudicado o no por la copia privada, sino que en cambio compensan a los que más venden, que no necesariamente son los más copiados. Por lo tanto lo fórmula que se busque, teniendo en cuenta que trabajar como todos los demás no entra dentro de sus previsiones, deberá ser actual y basada en las nuevas tecnologías, y creativas, no plagios de los sistemas analógicos del siglo pasado.

» Archivado en SGAE, Entidades de Gestión, Legislación, Canon a las 14:20.

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19.12.2007

El Canon y la Represión

Estamos a 24 horas de una decisión crítica y muy peligrosa, el Canon Digital, nuestros gobernantes y me refiero a ambos partidos mayoritarios y a los que les dan soporte, han gestionado desastrósamente el tema, cediendo ante los Autores y las Entidades que los dicen representar, incluso estamos leyendo amenazas hacia quienes voten en el sentido de suprimir dicho canon.

Ahora bien, ¿Que representa ese canon? pues algo muy negativo, al haber sido tan permisivos los gobernantes el canon es totalmente desproporcionado hasta el punto de que los fabricantes de soportes españoles han cerrado y los importadores se encuentran con que muchos comercios no aceptan venderlos y por contra se ha creado un floreciente mercado paralelo en todos los Bazares y Mercadillos con el consiguiente perjuicio para Hacienda que tampoco percibe el IVA.

Pero vamos más allá, ya estamos, los internautas, comprando On-Line sin canon o, como en el caso de Portugal con muy poco canon, exactamente de 4 cts por cd y 14 cts por dvd y eso, hoy por hoy, es totalmente legal y lo haremos con memorias USB, reproductores MP3 y lo que haga falta y todo ello en detrimento del Comercio Nacional y propiciado por la voracidad de unas Entidades de Gestión que no tiene límites.

El Gobierno, hace poco, garantizó a dichas entidades una cantidad entre 75 y 100 millones de euros por el concepto Canon, con lo cual y si no se recauda directamente, acabaremos pagando indirectamente vía impuestos pero el estado deberá retirar esos fondos de otras partidas con lo que se verá perjudicado y pueden llegar a pensar en seguir el modelo Francés, hace meses un Tribunal Francés condenó a una tienda On-Line situada en Liechtenstein por vender sin canon a ciudadanos franceses lo cual me parece totalmente improcedente y contrario al libre comercio, ¿Se llegará a  legislar aquí en tal sentido? mucho cuidado y estar atentos, mañana puede empezar la represión en España.



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